jueves, 21 de febrero de 2013

Identificar a los propios, confundir a los extraños

Sin título, de Rossina Bossio

Dicen que los humanos somos seres sociales y sociables y estoy convencida de que lo somos, aunque también haya ocasiones en que no lo parecemos. Aprender a hablar es socializarse, aprender una lengua concreta es pasar a formar parte del grupo que la habla. El lenguaje nos hace iguales a los nuestros y diferentes de los otros.

Pero aún dentro de cada lengua existen subgrupos a los que uno pertenece, por ejemplo, según su acento: un hablante español distingue claramente por su acento si uno es andaluz, gallego o catalán, no digamos ya si el otro habla español de Argentina, Colombia o Cuba.

Y como el ser social necesita el arrope de la tribu o de los compañeros de oficio, aún hay otro tipo de lenguaje que es el argot y que, como los demás, tiene un doble objetivo: identificar a los propios y confundir a los extraños.

El argot puede ser el que identifica a un grupo social muy determinado, por ejemplo, los presos; o puede ser el propio de una actividad o profesión, que no pretende ser críptico, pero lo es en realidad, como puede ser el lenguaje del automovilismo, que habla de escudería, parrilla de salida o monoplaza. Y está también el lenguaje científico-técnico que no es que tenga una finalidad excluyente pero que resulta un galimatías para el no iniciado.

Hay circunstancias en las que un determinado argot se aprende, antes de la crisis no sabíamos lo que era la prima de riesgo, la dación en pago o las hipotecas subprime; durante la crisis, ya que todavía no hemos llegado al después, hemos aprendido el argot de la economía y casi, casi la jerga del lenguaje judicial, que dicho sea de paso, a mi se me resiste todavía porque ¿qué significará esto?: "Se plantea por la parte demandada dos excepciones: Falta el litis consorcio pasivo necesario y la falta de representación del firmante por baja". Pues eso, un galimatías.

5 comentarios:

  1. Realmente está magníficamente expresado lo que significan las variedades diatópicas, diafásicas y diastráticas del lenguaje, lo que dicho así resulta casi tan ininteligible como la frase jurídica, pero el lenguaje tú haces que parezca muy sencillo. Si quieres ya te explicaré lo que significa tu frasecita jurídica...

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    1. Estaré encantada de que me lo expliques, David; hasta me fui al diccionario a mirar a ver si eso de "litis" existía y comprobé que existe, pero no tengo ni idea qué puede querer decir la frase de marras.

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  2. Las excepciones son las vías que el demandado tiene para oponerse a lo que dice la demanda, si es que hay algún defecto formal en ella.
    El litis consorcio pasivo se produce cuando en la posición de demandado tiene que haber varios demandados (lo mismo que la litis consorcio activa es cuando tiene que haber varios demandantes). Por lo que la excepción de litis consorcio pasivo necesario se puede utilizar cuando haya varias personas que necesariamente tengan que ser demandadas juntas, (que puede ser porque tengan un contrato en común por ejemplo), y solo se haya demandado a una de ellas.

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  3. La falta de representación del firmante se produce cuando el que presenta la demanda tiene que presentarla mediante un representante (que es el procurador), y la representación no haya sido otorgada en condiciones, en el caso de la frasecita porque el procurador representante haya causado baja, por lo que no pueda representar al demandante. Espero que haya podido explicar todo esto de manera que se entienda algo. Saludos.

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    1. Se entiende, David, y muy bien, pero solo después de que lo hayas explicado. La frase se las trae.

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