miércoles, 22 de mayo de 2013

... de cuyo nombre no quiero acordarme

Tarde, de Caspar David Friedrich

¿Se han fijado ustedes lo poco que se utiliza cuyo? A pesar de tener el honor de figurar en el primer párrafo del libro más conocido del castellano, el que empieza con "En un lugar de La Mancha de cuyo nombre no quiero acordarme...", a pesar de los pesares, cuyo está siendo relegado al rincón de los trastos viejos.

Cuyo es un  pronombre relativo con valor posesivo que se refiere a un sustantivo que le presta su significado léxico, como suele ir colocado delante se denomina "antecedente" y por esa misma razón funciona, además, como nexo introductor de subordinadas. Como posesivo que es, indica que lo significado por el sustantivo al que precede y con el que concuerda en género y número, pertenece a su antecedente; de ahí que cuyo equivalga a del cual, de la cual, de lo cual, de los cuales o de las cuales. Por ejemplo, "estoy leyendo un libro cuyo autor me encanta".

Cuyo es muy útil por su polivalencia y por su capacidad de síntesis y, sin embargo, en el lenguaje hablado es casi imposible escucharlo y en el escrito su presencia es cada vez más escasa.

Para rellenar el hueco que deja se recurre a dos palabras: que y su. En lugar de decir "se trata de un jugador cuyo regate es magnífico" se dice "se trata de un jugador que su regate es magnífico". ¿Quizás cuyo parece demasiado culto, elitista? No lo sé, pero el caso es que lo estamos dejando de lado a pasos agigantados. Y es una pena.

4 comentarios:

  1. Siempre he tenido un pequeño conflicto con el relativo "cuyo" que tú defines aquí como "pronombre relativo", del mismo modo que lo hace el DRAE, pero, sin embargo, el DPD lo define como "adjetivo relativo", más acorde, a mi modo de ver, con la función de "cuyo". Siempre he pensado que una norma base para distinguir un adjetivo de un pronombre es que el primero siempre precede a un sustantivo y el segundo cumple la función de núcleo del SN. Teniendo en cuenta que "cuyo" exige un sustantivo, dicho sustantivo será el núcleo del SN, por tanto, "cuyo" no puede ser un pronombre. Mis conocimientos lingüísticos no alcanzan para hacer un análisis muy profundo, más aún viendo que ni el DRAE y el DPD están de acuerdo con este tema, pero me gustaría conocer otras opiniones acerca de esto. Un saludo y gracias.
    Raquel

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  2. Te confieso, Raquel, que tuve mis dudas, igual que tu, en considerar a 'cuyo' un pronombre o un adjetivo. El criterio que seguí fue ajustarme a lo que dice el DRAE por aquello de "no sembrar dudas", pero creo que tienes razón en tus consideraciones, de hecho te diré que he encontrado algún autor que lo denomina "relativo posesivo" sin definirlo expresamente ni como pronombre ni como adjetivo. En mi opinión creo que es un relativo que se encuentra en la frontera de las dos categorías lingüísticas, que se ajusta a la definición de una tanto como a la de la otra y que, si incluso la Academia mantiene opiniones dispares, lo que está claro es que no está nada claro si es un pronombre o un adjetivo o ambas cosas a la vez.
    Gracias a ti, Raquel. Una muy buena aportación.

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  3. Gemma, voy a copiar el comentario en el enlace del facebook. Me gustaría conocer más opiniones acerca de este tema. Un saludo.
    Raquel

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